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Definición: La Asamblea, es un medio de enseñanza para ayudar a la
educación del ser social, orientada a promover el restablecimiento de la
Sociedad Civil, con vistas a la instauración de la democracia en Cuba.
La Asamblea para promover la Sociedad Civil en Cuba, es democrática y
por ende participativa y continúa la búsqueda de vías para la
incorporación de los diferentes sectores sociales y corrientes de
opinión.
Objetivos Generales:
La Asamblea para Promover la Sociedad Civil en Cuba, tiene como
finalidad:
La educación de los sujetos
sociales y el fomento e información de la opinión pública, por medio del
intercambio de ideas y el trabajo directo con la población, entre otras
posibilidades.
Trabajar para constituir y
articular un movimiento social pacífico que permita la preparación para
el cambio a la democracia.
Nutrirse de un proceso
participativo, democrático y pluralista y en permanente construcción.
La elaboración de informes sobre
el trabajo de sus miembros, que sirvan como aporte a los esfuerzos de
transformación de la sociedad.
Promover el desarrollo de
estudios, investigaciones y proyectos (incluyendo los de índole
cultural), que estimulen la participación ciudadana en el trabajo
pacífico de las organizaciones disidentes.
Convertirse en un vehículo para
brindar ayuda y apoyo a cada una de las organizaciones de la sociedad
civil, movilizando a sus integrantes ante cualquier acción en contra de
alguna de ellas.
No ligar el compromiso de acción
de la Asamblea, con una expresión política partidista, si no desarrollar
estrategias comunes para llevar a cabo sus objetivos.
Acción:
Formación de una cultura sobre la
democracia.
Ampliación del movimiento social.
Fortalecimiento organizativo de
la Asamblea.
Comunicación entre los grupos
para fomentar la sociedad civil.
Combatir la pobreza, con los
medios posibles, y buscar el mejoramiento de las condiciones de vida de
la comunidad.
Suscitar el verdadero
conocimiento de la historia de Cuba, en todas sus dimensiones:
económica, social y política.
Desplegar actividades y proyectos
encaminados a la protección y conservación de la naturaleza y el
ecosistema.
Promover una verdadera cultura,
sobre los derechos de los trabajadores
Bases Organizativas:
La Asamblea estará integrada por
las organizaciones de la sociedad civil y cubanas en el exilio que
acepten sus objetivos. Las organizaciones del exilio tendrán dentro de
estas Bases Organizativas las restricciones que se desprenden de su
imposibilidad de viajar al país, lo que no será óbice al desarrollo de
los objetivos generales, fines, acción y acuerdos permanentes tomados
por la Asamblea. Las organizaciones del exilio se agruparán en
comisiones exteriores.
Todas las organizaciones que la
integran tendrán iguales derechos y deberes.
Los documentos, tesis,
propuestas, opiniones, proyectos, etc., deberán circular entre las
organizaciones miembros y serán utilizados para intercambiar
experiencias y ayudar a la preparación de los asambleístas.
Cada organización que integre la
Asamblea podrá incorporarse o retirarse según su propia voluntad.
La Asamblea de reunirá en
plenaria para tratar asuntos de general incumbencia, para el intercambio
de ideas o discusión de documentos. En ese momento se podrá designar un
vocero que dé a conocer los asuntos tratados y los acuerdos logrados, si
ello resultare necesario. La Asamblea determinará el espacio de tiempo
en que la persona designada actúe como tal.
Los miembros de la Asamblea se
podrán reunir por sectores, especialidades, grupos en comisiones, de
acuerdo a intereses comunes. De estas reuniones parciales también se
podrá emitir información y se designará igualmente un vocero que actúe
por el tiempo que le dé mandato la comisión.
De acuerdo a las especialidades,
se podrán crear comisiones permanentes que intercambiarán ideas y
documentos, en especialidades tales como: derechos humanos,
profesionales, sindicales, humanitarias, etc.
Una organización podrá pertenecer
a cuantas comisiones entienda necesario, según sus objetivos. La
cantidad de comisiones será variable y su número dependerá de la
extensión que alcance la propia asamblea.
La Asamblea podrá designar a
especialistas, que de acuerdo a sus miembros puedan asesorar sobre
diferentes aspectos de la vida social, tales como: juristas, sociólogos,
economistas, historiadores, ecólogos, médicos, sindicalistas, etc., que
presten su colaboración a nombre de la Asamblea, a las organizaciones
miembros y a personas o grupos de personas que acudan a solicitar ayuda
y asistencia técnica y colaboración.
Todas las organizaciones miembros
de la Asamblea se comprometen a facilitar los medios de que disponen
para vincularla a la población, divulgando los documentos, que elaboren
sus miembros y que contribuyan al fomento de la sociedad civil.
Los miembros de la Asamblea
deberán tener presente la promoción de la opinión pública alternativa, a
los estados de opinión oficialistas. |