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Ciudad de la Habana

 


INICIATIVA PRO CAMBIO
(IPC)

PROYECTO

2005

ACERCA DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
DE CUBA DE 1940

“ DETRAS DE ESTA CIMA HAY UN LARGO
CAMINO Y HAY MUCHAS CRUCES
A LO LARGO DE EL”

JORGE MAÑACH


Delegado a la Convención Constituyente
Sesión Inaugural, 9 de Febrero de 1940

La Habana, 10 de Enero del 2005

Comité Pro Cambio

(transcripción revisada)


INICIATIVA PRO CAMBIO
(PROYECTO)


MAS ALLA DE LA ESPERANZA

Tras décadas y experiencias diversas en la lucha por una Cuba libre y democrática.
Proclamamos esta iniciativa cuyo objetivo es cambiar el sistema político vigente.
Suscintamente, consiste en unir la oposición de Cuba y la del exilio patidarias de la Constitución del 1940 y al pueblo, en el propósito de restablecerla y sobre sus preceptos erigir un sistema capitalista moderno, democrático, representativo, pluripartidista, de economía de mercado, que se base en el Estado de Derecho, la independencia de poderes, el absoluto respeto de los derechos humanos y la solidaridad. Es un reto que la Historia nos impone y que aceptamos en la certeza de que mas allá de la esperanza nos asisten la fé y la justicia.

VALIDEZ DEL CAMBIO

El cambio del sistema político será válido porque el pueblo deberá solicitarlo expresamente mediante firmas y ratificarlo en un referendo con la aprobación del restablecimiento de dicha Constitución. La transición hacia el sistema descrito tendrá lugar en un año, sin vacío de poder, de manera democrática, pacífica y ordenada.

LEGITIMIDAD DE LA LUCHA
La Declaración Universal de Derechos Humanos prescribe que toda persona tiene derecho a que se le establezca un orden social en el que los derechos y libertades proclamados en ella se hagan plenamente efectivos. En Cuba el orden existente permite que el régimen los conculque porque su constitución socialista lo establece. Por tanto es legítimo que se luche por conquistarlos y para hacerlo de manera pacífica se propone que la oposición, el pueblo y el exilio presionen al Gobierno hasta que renuncie.

PRESIONES INTERNAS Y EXTERNAS
Las presiones internas comprenden todas las de la lucha cívica no violenta, incluídas la petición al Gobierno de que renuncie y la desobediencia civil pacífica, si no lo hace; y las externas, todas las pacíficas posibles, incluso las medidas políticas, económicas y jurídicas contra el régimen.

UNION DE LA OPOSICION CONSTITUCIONALISTA
La unión de la oposición constitucionalista se hará efectiva con la creación en Cuba de una gran alianza formada por las organizaciones políticas y de la sociedad civil que propugnan el cambio a partir del restablecimiento de la Constitución de la República de Cuba de 1940 (constitucionalistas); las que podrán integrar dicha alianza por decisión de la mayoría de sus miembros. Las del exilio podrán afiliarse a la de Cuba, formar la suya propia o apoyar la iniciativa de manera independiente.


INELUDIBLE UNION DE LA OPOSICION CON EL PUEBLO
La ineludible unión de la alianza opositora y el pueblo devendrá en una tarea histórica cumplida si se logra que un millón de cubanos se afilie a ella. El único requisito para hacerlo será que el interesado solicite formalmente el ingreso a una de sus organizaciones. Otra forma práctica de unir la oposición con el pueblo sería que cada uno de los primeros 250 mil afiliados consiga que tres que no lo son firmen la petición de libertad para todos los presos políticos. Finalmente tras llegar al millón de afiliados, obtener que la mayoría de los electores con sus firmas respalde el cambio, la petición al Gobierno de que renuncie y la formación anticipada de un Congreso nacional.

GOBIERNO PROVISIONAL DE 100 DIAS
Immediatamente que el Gobierno renuncie o sea depuesto, asumirá todos los poderes del Estado la Junta de Gobierno Provisional (JGP) la cual estará integrada por cuatro opositores constitucionalistas de Cuba, cuatro del exilio y uno de cualquiera de las partes determinado al azar. Su presidente, que también lo será de la República designará los ministros del Gabinete provisional, los que serán tantos comolos del dimitente, más el Primer Ministro; y nombrará a los comisionados provisionales de las provincias y los municipios encargados de formar los respectivos Gobiernos Locales (GL). La JGP y el Gabinete constituirán el gobierno provisional (GP) cuyo mandato será de 100 días prorrogable a 80 más por el Congreso Nacional Anticipado (CAN).

PAPEL DEL GOBIERNO PROVISIONAL
El GP evitará que tras la caída del régimen haya caos y será un puente seguro hacia el período transitorio. Gobernará por decretos y mediante ellos derogará la Constitución socialista y restablecerá la del 1940; desmantelará los órganos represivos del régimen y sus organizaciones fundamentales, en primer lugar el partido comunista; adecuará instituciones decisivas como los cuerpos armados, la policía y los tribunales; garantizará el orden interno; la seguridad nacional y el normal funcionamiento de el país; realizará los cambios democráticos más urgentes (aperturas) y al final de su mandato someterá a referendo la decisión de restituir la Constitución de 1940.

LAS APERTURAS
Las aperturas a que se hace referencia son la liberación de todos los presos políticos (de no haberse logrado antes) y el indulto de otros; la derogación de leyes represivas emblemáticas, como la 88, de cláusulas del Código Penal y otras disposiciones gubernamentales que actualmente conculcan o limitan las libertades y los derechos de los ciudadanos; y la adecuación del sistema electoral y sus leyes para llevar a cabo el referendo.

PODERES JUDICIAL Y LEGISLATIVO PROVISIONALES

El Poder Judicial provisional lo ejercerá el Ministro de Justicia por medio de los tribunales que reorganice o forme y dependerá totalmente del Gobierno. El Poder Legislativo provisional lo ejercerá la JGP por medio del CAN, cuyo Presidente será el vicepresidente del Gobierno y de la Junta. El CAN lo intengrarán 230 delegados designados por los electores firmantes de la petición de renuncia del Gobierno comunista: Cuatro por cada provincia y uno por el municipio especial de Isla de Pinos, para el Senado (57 en total); 12 y cinco respectivamente, para la Cámara de Representantes (173 en total).

PAPEL DEL CONGRESO NACIONAL ANTICIPADO
El CAN favorecerá la representatividad del GP y el apoyo popular a su gestión, al tener aquel el respaldo de la mayoría electora, Sus principales tareas serán: realizar enmiendas específicas y parciales a la Constitución a fin de amparar el referendo restaurativo; aprobar los Estatutos a implantar si gana el NO en el referendo; y (si fuera necesario) prorrogar el mandato del GP y el suyo. El CAN se regirá en lo aplicable por la Constitución de 1940 y aplicará lo que ella establece sobre el estado de emergencia nacional.

EL REFERENDO CONSTITUCIONALMENTE AMPARADO
El referendo amparado por las referidas enmiendas será para simultáneamente aprobar o no el restablecimiento de la Constitución de 1940 y los gobernantes a ocupar los cargos electivos que ella prescribe. La pregunta que se hará al elector es: “ ¿Aprueba usted el restablecimiento de la Constitución de la República de Cuba de 1940 decretada por el Gobierno Provisional a sabiendas de que juntamente vota por todos los candidatos a los cargos que ella prescribe relacionados en esta boleta?” (SI o NO). Todos los candidatos resultarán electos – y aprobado el restablecimiento – si al menos la mitad más uno de  los electores vota por el SI.

GOBERNANTES A ELEGIR
Al votar por el SI, se elegirá al Presidente de la República y a su Vicepresidente; a los nueve Senadores y a los cerca de 24 Representantes que les corresponden a la provincia del elector; a su Gobernador; al Alcalde del municipio donde reside el elector y los Concejales de ese municipio (unos 10).

CONFECCION DE LA CANDIDATURA UNICA
El candidato único a cada uno de dichos cargos lo determinará la alianza entre dos pre-candidatos: uno escogido entre los opositores constitucionalistas de Cuba y el otro entre los del exilio. La candidatura única así determinada, deberá estar lista lo antes posible, actualizarse periódicamente y ratificarse en la Convención constitucionalista. Los miembros del GP, del CAN y de los GL podrán integrar dicha candidatura pero no la de las primeras elecciones generales pluripartidistas.

LOS CAMINOS “SI” Y “NO”
Las opciones SI y NO del feferendo son caminos diferentes a transitar hacia el nuevo sistema político. El SI es el constitucional, el NO el inconstitucional. Si gana el NO se pondrían en vigor los citados Estatus y automáticamente se prolongarían los mandatos del GP, del CAN y de los GL, por el tiempo que apruebe el Congreso a propuesta de la JGP, el cual no podrá ser superior a un año. Al término de ese mandato el GP  convocará a elecciones generales pluripartidistas y el parlamento que resulte electo elaborará y aprobará la nueva Constitución. Si triunfa el SI los gobernantes que resulten elegidos en el referendo asumirán todos los poderes del Estado y conforme a la Constitución de 1940 llevarán adelante el cambio.

GOBIERNO DE TRANSICION
El Presidente de la República (constitucionalista) que resulte electo en el referendo designará entre los opositores más capacitados para cada cargo, independientemente de que sean de Cuba o del exilio o de su filiación política, a todos los ministros de su gabinete los que serán tantos como los del GP y los sin cartera que se requieran. El Presidente podrá ratificar o no a los del Gabinete saliente incluido el Primer Ministro o designarlos para otros cargos si fuera necesario. El Presidente y su Gabinete constituirán el Poder Ejecutivo transitorio o Gobierno de Transición (GT) , máximo responsible del cambio.

DEMAS PODERES TRANSITORIOS DEL ESTADO

El Poder Judicial transitorio estará formado por el Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal Superior Electoral y otros que la Constitución establece, cuyos presidentes los designa el de la República. El Poder Legislativo transitorio lo compondrán el Senado, la Cámara de Representantes y el Congreso, los dos primeros integrados respectivamente por los 126 Senadores y los más o menos 343 Representantes que resulten electos en el referendo. El Congreso es la unión de ambas cámaras lo integrarán unos 469 legisladores y lo presidirá el Vicepresidente de la República electo. Los poderes del Estado transitorios incluído el Judicial serán independientes unos de otros.

GOBIERNOS LOCALES TRANSITORIOS

Los GL transitorios se integrarán por los 14 gobernadores, 169 alcaldes y los más de 1690 concejales que resulten elegidos en el referendo. Cada provincia tendrá un Consejo Provincial de gobierno, presidido por su Gobernador e integrado por el alcalde de los municipios que ella tenga. Cada municipio estará regido por el Alcalde y un Ayuntamiento integrado por los concejales de ese territorio que resulten electos. Los GL al igual que los poderes transitorios del Estado se regirán en lo aplicable por la Constitución de 1940 y su mandato será solo por un año.

FIN DE LA TRANSICION

Tras el desmantelamiento del régimen castrista la transición hacia el sistema previsto finalizará, esencialmente, con la celebración de las primeras elecciones generales pluripartidistas.

POR UNA CUBA LIBRE Y DEMOCRATICA

Comité Pro Cambio

La Habana, 10 de Enero del 2005

“El que clama vale más que el que suplica: el que insiste hace pensar al que otorga. Y los derechos se toman, no se piden; se arrancan, no se mendigan.”

José Martí
 

 
 
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