Sitio Oficial de la Asamblea para Promover la Sociedad Civil en Cuba

 
 
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REGLAMENTO
de la reunión general de la
Asamblea para Promover la Sociedad Civil

1.- En la presidencia de la reunión general de la Asamblea tomarán asiento los integrantes del Grupo Ejecutivo de la misma. Una vez celebradas las elecciones y seleccionados los integrantes del nuevo Secretariado Ejecutivo, serán ellos quienes se sentarán en la presidencia.

2.- Los delegados congregados en la reunión general elegirán un Presidente encargado de dirigir los debates.

3.- Se grabará todo el desarrollo de la reunión, con vistas a elaborar el acta de la misma, así como para debida constancia de todo lo que en ella ocurra.

4.- Los delegados que deseen hacer uso de la palabra la solicitarán. Teniendo en cuenta el número de asistentes, la palabra se concederá por un término de cinco minutos a cada orador. El Presidente podrá llamar la atención del orador de turno cuando falte un minuto para el vencimiento del plazo concedido, a fin de advertirle de que el plazo concedido está próximo a expirar.

5.- En sus intervenciones, quienes se dirijan a la Asamblea cuidarán de no utilizar palabras soeces ni expresiones insultantes; esto último será aplicable tanto cuando esas expresiones se refieran a personas presentes en la reunión como cuando se trate de personas ausentes de ella. La regla será que se puede discrepar, pero no ofender. El Presidente llamará la atención del orador que incumpla con esta regla, y podrá retirarle el uso de la palabra si persiste en hacerlo.

6.- Cuando el Presidente considere que un punto ha sido debatido suficientemente, propondrá a la reunión general poner el término a los debates. Esta cuestión será decidida de inmediato mediante votación a mano alzada.

7.- Todos los asistentes a la reunión, mientras ésta se esté celebrando, guardarán orden y la debida compostura. Deberá prestarse atención a quienes estén en el uso de la palabra, evitando conversaciones colaterales. Los miembros de la Comisión de Aseguramiento cuidarán del cumplimiento de esta regla y llamarán discretamente al orden a quienes la violen. Lo expuesto se entenderá sin perjuicio de las facultades que para la correcta conducción de la sesión posee el Presidente.

8.- En caso de que se produzca algún desorden u otra perturbación grave o reiterada, los miembros de la Comisión de Aseguramiento, cumpliendo instrucciones del Presidente, procederán a extraer del área de reuniones a quienes lo hayan provocado. De resultar necesario, el Presidente podrá solicitar de otros delegados que colaboren con los miembros de la Comisión de Aseguramiento, con vistas al más rápido restablecimiento del orden.

La Habana, 20 de mayo de 2005.

Este documento fue aprobado por la sesión plenaria de la Asamblea el día 20 de mayo de 2005.
 
 

 

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